TRANSFERENCIAS VEHICULARES
REQUISITOS PARA TRANSFERENCIA VEHICULAR
UNICOS PROPIETARIOS (Solteros, Viudos, Divorciados, Casados Bajo Régimen de Separación de Patrimonios y Bien Propio)
• Tarjeta de propiedad
• Soat vigente
• Ambas partes deberan identificarse con sus documentos de identidad:
- PERUANOS: Con sus dni vigentes y con el ultimo holograma de votacion
- EXTRANJEROS: Los que residen en el pais, con su carne de extranjeria con el holograma del pago al dia de la tasa anual de extranjeria; en el caso de los que se encuentren de transito por el pais, se identificaran con su pasaporte vigente y con el sello de la visa de negocios otorgada por migraciones
• Si el vehiculo se encuentra afecto al impuesto vehicular, deberá estar cancelado en su totalidad el año en que se efectua la transferencia vehicular.
• Si el vendedor es viudo, deberá prensentar la partida de defuncion de su conyuge, para constatar que el vehiculo se adquirio despues del fallecimiento del conyuge. si este no fuese el caso, se considerara que el vehiculo fue adquirido dentro de la sociedad de gananciales y deberan firmar todos los herederos del conyuge fallecido, para lo cual deberan presentar la inscripcion en registros publicos de la sucesion intestada.
• Si el vendedor es divorciado, debera presentar su partida de matrimonio en donde conste la anotacion marginal de la resolucion de divorcio, esto para constatar que el vehiculo lo adquirio con el estado civil de divorciado; si este no fuese el caso, deberá intervenir la exconyuge de el vendedor, ya que se considera que el vehiculo se adquirio aun dentro de la sociedad de gananciales.
• Si el vendedor adquirio el vehiculo estando casado bajo el regimen de separacion de patrimonios, debera presentar la partida electronica emitida por registros publicos, para verificar que la fecha de adquisicion sea posterior a la fecha de inscripcion de la separacion de patrimonios. si fuese el caso contrario, deberá intervenir la conyuge.
• Si el vendedor es de estado civil casado y el vehiculo lo adquirio con anterioridad a la celebracion de su matrimonio civil, deberá presentar su partida de matrimonio original, para verificar que la fecha de adquisicion sea anterior a la fecha de matrimonio. si fuese el caso contrario, debera intervenir la conyuge.
• Si el comprador fuese viudo y no conste como tal en su documento de identidad, deberá presentar la partida de matrimonio y el acta de defuncion del conyuge.
• Si el comprador es divorciado y no conste como tal en su documento de identidad, debera presentar su partida de matrimonio con la anotacion marginal de la resolucion de divorcio.
• Si el comprador es de estado civil casado pero bajo el regimen de separacion de patrimonios, debera presentar su partida de inscripcion expedida por registros publicos.