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AUMENTOS DE CAPITAL
Cuando el capital social de una empresa se ha incrementado, es necesario inscribir ante Registros Públicos esta nueva condición, realizando previamente un trámite Notarial.

El aumento de Capital puede realizarse de distintas formas, la Ley General de Sociedades 26887 contempla las siguientes:

1. Nuevos aportes.
2. La capitalización de créditos contra la sociedad, incluyendo la conversión de obligaciones en acciones;
3. La capitalización de utilidades, reservas, beneficios, primas de capital, excedentes de revaluación; y
4. Los demás casos previstos en la ley.

El Aumento de Capital conllevará la creación de nuevas acciones.
Requisitos:

1. Acta donde se indica el aumento y la modificación de estatutos.
2. Minuta autorizada por abogado.
3. Copia literal de la empresa y/ o poder vigente.
4. Libro de matrícula de acciones cuando corresponda.
5. Asiento contable firmado por contador colegiado.
6. Si el aporte es en dinero presentar el voucher del depósito bancario y si es en bienes muebles presentar una declaración jurada    donde se indica el valor del mercado de los bienes.
7. Declaración Jurada de que el origen de los activos y medios de pago no provienen del lavado de activos, ni de otros delitos    relacionados a la minería ilegal o el crimen organizado
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